lunes, 21 de enero de 2013
Tipos de Regímenes Tributarios
Nuevo Régimen Único Simplificado-Nuevo RUS
Requisitos para el
acogimiento-Nuevo RUS
·
Que los ingresos brutos y/o
sus compras no superen anualmente los S/ 360,000.
·
Que realicen sus
actividades en un solo establecimiento o sede productiva.
·
Que el valor de sus activos
vinculados a su actividad no superen los S/ 70,000, sin computarse los predios
ni vehículos.
Régimen Especial del Impuesto a la Renta
Régimen tributario al
cual pueden acogerse las personas naturales y jurídicas que generan
ingresos considerados como rentas de tercera categoría , derivados
de su actividad económica y / o servicios, sujeto a ciertos requisitos.
v Requisitos para acogerse - RER
·
Los ingresos
netos anuales no deben superar los S/525,000
·
las
adquisiciones afectadas a la actividad no deben exceder los S/ 525, 000.
·
El valor de
los activos fijos afectados a la actividad no debe superar los S/
126,000.
·
la cantidad de personal afectado a la
actividad no debe ser mayor a 10 personas.
Régimen
General del Impuesto a la Renta.
Régimen adecuado
especialmente para las medianas y grandes empresas que generan ingresos
por rentas de tercera categoría y desarrollan actividades sin que tengan
que cumplir condiciones o requisitos especiales para estar
comprendidas en él.
En este Régimen están
comprendidas también, las actividades desarrolladas por los Notarios, las
sociedades civiles, las entidades que se asocien y los
agentes mediadores de comercio , rematadores, martilleros y cualquier otra
actividad no permitida para los Regímenes del Nuevo RUS y el Régimen
Especial del Impuesto a la Renta.
Pueden
acogerse también a este régimen tributario, las pequeñas empresas que así lo
prefieran, acogidas al Decreto Legislativo 1086-Ley de MYPES y su reglamento.
domingo, 20 de enero de 2013
Grupos tributarios – Actividades Económicas
En
el ámbito tributario podemos distinguir tres grandes grupos de actividades
económicas:
a) Negocios
Comprenden las Rentas de Tercera Categoría del Impuesto a la Renta. Para este tipo de actividades, existen los siguientes regímenes:
ü
Nuevo Régimen Único Simplificado – Nuevo RUS
(sólo para personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas en el país).
ü
Régimen Especial del Impuesto a la Renta – RER.
ü
Régimen General del Impuesto a la Renta.
b) Trabajo Independiente
Aquellas actividades realizadas de manera independiente y personal como por ejemplo: contador, médico, dentista, gasfitero, entre otros, generan rentas consideradas como Rentas de Cuarta Categoría del Impuesto a la Renta.c) Otros ingresos de personas naturales
Comprende las rentas obtenidas por personas naturales; sucesiones indivisas, sociedades conyugales; las que se clasifican como:
ü
Rentas de primera categoría: Por el
arrendamiento y subarrendamiento de predios (casas y terrenos) y alquiler de
bienes muebles, incluida la cesión gratuita de tales bienes.
ü
Rentas de Segunda categoría: Proveniente de
intereses, regalías, dividendos, ganancias de capital por venta de inmuebles,
ganancias por venta o enajenación de valores mobiliarios.
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