lunes, 21 de enero de 2013

Tipos de Regímenes Tributarios


Nuevo Régimen Único Simplificado-Nuevo RUS

Régimen tributario , al cual pueden acogerse las personas naturales y sucesiones indivisas que exclusivamente obtienen ingresos provenientes de actividades empresariales y también aquellas personas naturales no profesionales con ingresos por actividades de oficios.

        Requisitos para el acogimiento-Nuevo RUS

·         Que los ingresos brutos y/o sus compras no superen anualmente los S/ 360,000.
·         Que realicen sus actividades en un solo establecimiento o sede productiva.
·         Que el valor de sus activos vinculados a su actividad no superen los S/ 70,000, sin computarse los predios ni vehículos.

Régimen Especial del Impuesto a la Renta
Régimen tributario al cual  pueden acogerse las personas naturales y jurídicas que  generan ingresos considerados como   rentas de tercera categoría , derivados de su actividad económica y / o servicios, sujeto a ciertos requisitos.
v                     Requisitos para acogerse - RER

·         Los ingresos netos anuales  no deben superar los S/525,000
·         las adquisiciones afectadas a la actividad no deben exceder los S/ 525, 000.
·         El valor de los activos fijos afectados a la actividad  no debe superar los S/ 126,000.
·          la cantidad de personal afectado a la actividad no debe ser mayor a 10 personas.

Régimen General del Impuesto a la Renta.

Régimen adecuado especialmente para las medianas y grandes empresas  que generan ingresos por rentas de tercera categoría y desarrollan actividades sin que tengan  que cumplir   condiciones o  requisitos especiales para estar comprendidas en él.
En este Régimen están comprendidas también, las actividades desarrolladas por  los Notarios, las sociedades civiles,    las entidades que se asocien y los agentes mediadores de comercio , rematadores, martilleros y cualquier otra actividad  no permitida para los Regímenes del Nuevo RUS y el Régimen Especial del Impuesto a la Renta.
Pueden acogerse también a este régimen tributario, las pequeñas empresas que así lo prefieran, acogidas al Decreto Legislativo 1086-Ley de MYPES y su reglamento.









1 comentario:

  1. Me parece que esta un poco incompleto y confuso en el termino de os valores este articulo.

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